dilluns, 18 d’agost del 2008

¿Tolerancia de la intolerancia?

Interesante este ensayo de Yves-Charles Zarka (Difícil tolerancia, traducción de Alejandro García mayo, Madrid, Escolar y mayo, 2008. Ed. original francesa, Difficile tolérance, PUF, París, 2004, 158 págs.) que aborda una de las cuestiones cruciales en las democracias contemporáneas, la de la tolerancia. El primer escrito en favor de este principio es la Carta sobre la tolerancia, de John Locke. El movimiento de Les politiques activo durante las guerras de religión en Francia no abogaba estrictamente por la tolerancia sino por un criterio pragmático de la conveniencia de no seguir con los enfrentamientos armados lo cual acabaría desembocando en la tolerancia. Pero el escrito más famoso y que más hizo por extender la idea y la práctica de la tolerancia fue el de Voltaire a propósito del Affaire Calas. Desde entonces la implantación de la tolerancia fue abriéndose camino en Europa apoyándose entre otras cosas en los decretos de emancipación de los judíos en el siglo XIX y la separación de la Iglesia y el Estado en los tiempos de la política radical. En el siglo XX en Europa ningún sistema democrático cuestionó el principio de tolerancia heredado de tiempos anteriores, hasta que el fenómeno de la inmigración y el multiculturalismo obligó a reflexionar de nuevo sobre él al descubrirse que su imperio no estaba garantizado. Y a este efecto se ha escrito este libro, para probar que la tolerancia hacia las minorías musulmanas en los países occidentales (singularmente Francia) es muy difícil porque éstas a su vez son intolerantes y tratan de establecer una tiranía de la minoría. .

Zarka sostiene que la tolerancia descansa sobre dos pilares, la separación entre lo político y lo religioso y el reconocimiento de la alteridad. Además su rasgo característico es la reciprocidad, la tolerancia de A hacia B requiere la de B hacia A. Y tiene un límite que Zarka expone con claridad: "...puede decirse que el límite absoluto de la tolerancia se encuentra en los principios fundamentales que definen una democracia constitucional" (p.80).

Para arbitrar y defender esa idea de tolerancia nuestro autor sostiene que hay que poner en pie un artilugio jurídico-político que está muy interesado en diferenciar de un mandato moral, al estilo en que lo hacía Kant cuando decía que podría haber un Estado republicano incluso en un pueblo de demonios. También ha de ser posible encontrar formas coexistencia incluso en una sociedad de demonios (p. 31); ese artilugio jurídico-político es lo que Zarka llama la "estructura-tolerancia".

La estrutura-tolerancia tiene que imponerse en un mundo desgarrado no ya por conflictos políticos, económicos y sociales, sino por los étnicos, de grupos, pueblos o naciones en el que ya han fracasado los dos intentos uniformadores anteriores, el del comunismo y el del "occidentalismo" por así decirlo, o sea la idea de que los valores occidentales sean sin más universales (p. 35). La imposición de la estructura-tolerancia se da en la medida en que se implante un reconocimiento sin reconciliación. En el debate sobre reconocimiento se identifican las dos posiciones dominantes actuales en la filosofía política: la liberal de la igual dignidad de las personas y la comunitarista de la diferencia (p. 40). Lo difícil de la situación es que si la primera no acierta a garantizar la tolerancia como institución práctica, la segunda acaba negando su necesidad.

El dispositivo fundamental de la estructura-tolerancia es la neutralidad del Estado y la laicidad (46) y descansa sobre cuatro principios, a saber: 1º) distinción entre las esferas de la autoridad política y la autoridad religiosa; 2º) laicidad del espacio público; 3º) igual dignidad de las religiones; 4º) protección de las libertades individuales. (p. 60)

En la aplicación de la estructura-tolerancia aparecen dos escollos, las tiranías de la mayoría y de la(s) minoría(s). La de la mayoría es muy conocida (y tratada) en la teoría política; no así la(s) de la(s) minoría(s), que empiezan a sentirse en nuestro tiempo siendo la más típica y conocida la de la minoría islámica. (p. 80). Para contrarrestar esta posibilidad, Zarka añade dos principios a los cuatro anteriors: a) el de imparcialidad y b) el de legitimidad de las diferencias culturales.

Defiende el autor su concepto de tolerancia frente al liberal de Rawls, al que no considera suficientemente kantiano porque si lo es en lo normativo no así en lo antropológico e histórico. Para liberar a la tolerancia de la perspectiva religiosa y la fundamentación teológica hay que hacerla derivar de la concepción kantiana de la ley moral como ley de la razón y de la libertad como autonomía de la voluntad (p. 90), nociones perfectamente ajenas al Islam.

La última parte de la obra de Zarka formula una crítica al concepto de ciudadanía multicultural y centra su atención en el problema de la existencia o no de los derechos colectivos. Para ello entra en polémica con el defensor de estos derechos, Will Kymlicka, para llegar a una solución: la de "fundar los derechos culturales o derechos a la diferencia en los del individuo con carácter indirectamente colectivo." (p. 110) Es decir, el asunto no es tan grave como parece ya que, frente a la dicotomía frontal entre derechos individuales y derechos colectivos que parecería no tolerar mediación alguna, se alza este tercer género de "derechos individuales indirectamente colectivos", muy apropiado para quien no admitiendo más que la teoría de los derechos subjetivos se ve en la obligación de explicar la existencia de minorías que reclaman derechos colectivos, como es el caso de las minorías islámicas. No hace falta decir que éste es el punto débil del libro, así como de casi todo el pensamiento de la tolerancia democrática: no sabe predicar la tolerancia del intolerante, pero tampoco es posible encontrar una teoría satisfactoriamente democrática para suprimirlo.

La otra parte del libro, escrita por Cynthia Fleury, llamada La crisis contemporánea de la tolerancia: Islam y Occidente es menos abstracta que la primera parte y muestra bien a la claras cuál su objetivo: afirmar que el Islam desconoce la idea de tolerancia. La vieja Dhimma no puede considerarse tal ya que no es más que el conjunto de los no creyentes vencidos y sometidos y carentes de derechos, lo cual tampoco es tan extraño ya que, según Fleury, el Islam no admite que los seres humanos sean titulares de derechos (p. 125) pues ese orden está reservado sólo a Dios. La Dhimma, en el mejor de los casos, es una garantía de derechos limitados y obliga a los dhimmi a diferenciarse por su atuendo exterior para que no se confundan con los musulmanes. Ahí es donde se encuentra el origen de la famosa estrella amarilla para los judíos (p. 135).

La separación del mundo entre creyentes y no creyentes es total y no se rompe porque hoy se extienda el Dar ash-shahada que, al parecer, se traduce como "espacio del testimonio" y se refiere a los musulmanes viviendo en tierras de infieles, esto es, la colectividades islámicas en nuestras sociedades. Para Fleury no es nada parecido a una mundialización del Islam sino, al contrario, una especie de caballo de Troya musulmán en nuestras sociedades que trata de cambiar el carácter de éstas y de conseguir una estrategia de islamización (pp. 142/143).

El concepto de tolerancia implica el tránsito del "sujeto colectivo" al "sujeto individual" pero éste carece de status en el Islam que es un régimen totalitario: "No existe una sola faceta de la vida de un ser humano que no esté connotada, afectada o interpelada por el Islam. El Islam tiene respuesta para todo. Si fuese un sistema político, encajaría con el fascismo; si fuese una doctrina, sería totalitaria". (p. 146) Caso cerrado: el islamismo no puede ser tolerante.

Quizá resulte excesivamente radical el pensamiento de ambos autores pero, en lo básico, están en lo cierto: la convivencia con los intolerantes es muy difícil, si es que es posible.